SI. contamos con un auto del Tribunal Supremo español a su favor, confirmando la validez de sus servicios.
La legislación Europea, la latinoamericana y la de los países que se rigen por el derecho anglosajón (common law), admite en numerosas normas la validez de los documentos, los contratos y las comunicaciones realizadas de forma electrónica. Por tanto, no cabe discusión sobre si las pruebas que aporta Evicertia son admisibles en un juicio.
La cuestión sin embargo, radica principalmente en la eficacia probatoria de los medios electrónicos y en el procedimiento empleado en función de lo que se quiera demostrar.
Si la otra parte impugna la validez de una prueba, sería entonces necesario la intervención de peritos y el juez valorará las pruebas según su sana crítica. Esto puede ocurrir tanto con una prueba electrónica como con cualquier documento en papel (p.e. si se produjera el repudio de una firma manuscrita).
La diferencia de utilizar Evicertia frente a otros medios (p.e. mandar el contrato por fax), es precisamente esa eficacia probatoria ante esta posible situación. Es aquí donde podemos aportar mucha más fuerza probatoria en aspectos como la integridad del contenido, su autenticidad, la identidad de las partes o el momento del suceso que se quiere probar. Lo más importante es que Evicertia rompe la unilateralidad de la prueba (ya que la prueba es aportada por un tercero, auditor independiente a las partes en litigio acompañado de un acta notarial).
En general para documentos privados, notificaciones fehacientes y contratos, Evicertia ofrece todas las garantías necesarias superando en muchos casos los medios tradicionales para ganar cualquier posible impugnación. Por ejemplo, en la firma de un contrato privado en papel es habitual que no intervengan testigos ni se deje constancia verificable de cuándo se realizó la firma. Otro ejemplo es el de una carta certificada normal: no implica conseguir ninguna prueba ni garantía sobre el contenido enviado, ya que solo se certifica el envío pero no el contenido.
De todos modos, hay que ser consciente del riesgo que se asume, que es lo se quiere demostrar y tomar las medidas necesarias según el caso. Por ejemplo, si la operación tiene riesgo de repudio es importante vincular la identidad de cada parte con el medio de comunicación empleado. Es decir, del mismo modo que debemos utilizar la dirección postal del domicilio social o el número de fax que se nos facilitó por la otra parte y no otro, debemos asegurarnos que el número de móvil, la dirección de email, etc… que estamos utilizando, realmente pertenece a la otra parte, o en su defecto, que existe un acuerdo previo que disponga que ese es un medio de comunicación válido.
También debemos destacar que existen ámbitos concretos que pueden estar regulados de forma específica o que por el nivel de riesgo de la operación sean necesarios requisitos adicionales de los ofrecidos de forma estándar por Evicertia. Un buen ejemplo es la firma de una hipoteca o el registro de entrada de un Ayuntamiento.
Por eso, si el caso de uso está especialmente regulado o es para operaciones con un nivel de riesgo elevado (por el importe, por la amenaza de fraude, etc..), no dudes en consultarnos para analizarlo con un especialista.
A pesar de todo, nuestro objetivo es evitar llegar a juicio, dado que con Evicertia vas a tener una poderosa arma de negociación. Aún en un juicio, la impugnación no es gratis por parte de quien impugna, por lo que la otra parte se lo tiene que pensar dos veces, y utilizar Evicertia tiene un importante efecto disuasorio.